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lunes, 15 de marzo de 2021

La necesaria reconstrucción del federalismo argentino

Vivimos en un estado formalmente federal, pero unitario de hecho. Al contemplar el panorama de tantas provincias argentinas, sobre todo de las más pobres, resulta evidente que muchas de ellas dependen económicamente para su funcionamiento casi en forma exclusiva de la ayuda del gobierno nacional. Esto se ha visto agravado a lo largo de los años por normas de la Constitución que aún no se han cumplido, o paréntesis “provisorios permanentes” en sus previsiones.

El ejemplo clásico de esto último es el del Impuesto a las Ganancias. La Constitución de 1853 estableció que los impuestos directos podían sólo ser establecidos por las provincias, y que el gobierno federal, a través del Congreso, sólo podía establecer este tipo de impuestos “por tiempo determinado y proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan”. Así fue como el gobierno de facto surgido del golpe de Estado de 1930 estableció, y el gobierno democrático posterior confirmó, en 1932 el impuesto a los réditos, como un impuesto de emergencia, surgido en el marco de una recesión económica, en forma provisoria hasta diciembre de 1934. No obstante, la “provisoriedad” se fue prorrogando, hasta que en 1973 (41 años después de la creación del impuesto) el tercer gobierno de Perón le cambió el nombre al impuesto aún existente y lo institucionalizó como Impuesto a las Ganancias. La reforma constitucional de 1994 (62 años después) no modificó la previsión sobre cómo y en qué circunstancias excepcionales los impuestos directos podían ser establecidos por el gobierno federal, sino que le agregó la condición de que se coparticiparan y de que se dictara para ello una ley especial. Lo cierto es que, casi 90 años después de instituirse en forma excepcional, el Impuesto a las Ganancias sigue siendo un impuesto directo establecido por del gobierno federal, sin que esté clara su condición de excepcionalidad, y sin que exista aún un régimen de coparticipación, pese al mandato constitucional, que regule el modo en que debe transferirse lo recaudado a las provincias.

Situaciones como estas han hecho que la “caja” del gobierno federal sirva para subsidiar en forma permanente a las provincias, de manera discrecional y facilitando un sistema de disciplinamiento político en perjuicio del federalismo: un unitarismo de hecho, del que ni siquiera las provincias más ricas logran librarse del todo.

Porque el federalismo, como la libertad, supone responsabilidad. Responsabilidad fiscal, en primer lugar. Si el que pide el voto es el mismo que cobra el impuesto, deberá responder por la utilización de cada peso que cobró, si quiere que lo vuelvan a votar. Pero si quien pide el voto es un gobernador que vive del subsidio del gobierno federal, del impuesto que éste le cobra a ciudadanos de otras provincias para financiar la provincia que él gobierna, dará lo mismo en qué se utilice, se despilfarre o se robe: la responsabilidad y el costo será siempre de otro. Cuanto más depende de la caja nacional, el gobernador de la provincia se convierte en un señor feudal que, viviendo del dinero que no recauda, carece de incentivos para promover el desarrollo de su propia provincia; desarrollo que, de darse, generaría empleos que el señor feudal no podría manejar a discreción con fines electorales, quitándole una llave fundamental de su poder. Es experiencia común que la dependencia económica de la población respecto del Estado resulta ser inversamente proporcional a la responsabilidad de los gobernantes frente al electorado.

De ahí que un paso urgente para restaurar el federalismo en el país pase por cumplir con las previsiones en materia impositiva de la Constitución Nacional (reforma impositiva y ley de coparticipación mediante), para restablecer la responsabilidad fiscal de las provincias, especialmente la de las más pobres, que son las más expuestas a la manipulación del gobierno central. Pero, además, esas previsiones deben cumplirse de modo tal que favorezcan el mayor desarrollo y la mayor autonomía económica de las provincias, y no su dependencia.

Por otro lado, el estado federal debe promover concretamente el federalismo demográfico. La concentración de población en el área del Gran Buenos Aires y de otros centros urbanos importantes del interior, como el Gran Córdoba o el Gran Rosario, no son señal de pujanza sino de falta de oportunidades cuando la gente del interior prefiere ir a hacinarse en un asentamiento cerca de una gran ciudad porque no encuentra futuro en su propio pueblo.

Las posibilidades que la tecnología actual facilita para desconcentrar las ciudades y la economía deberían ser potenciadas desde el gobierno federal orientándolas a facilitar que las provincias puedan retener a sus propios pobladores, e incluso atraer nueva población desde los grandes centros urbanos, y que los pueblos del interior puedan desarrollarse para depender cada vez menos de las capitales. El capital humano es el primer recurso de las economías regionales, y la falta de políticas demográficas ha conspirado contra su desarrollo tanto como el exceso de regulaciones e impuestos.

También el federalismo debe reflejarse en el Congreso. La desproporción de la representación provincial en la Cámara de Diputados ha sido señalada por la Justicia Electoral hace casi tres años, sin que hasta ahora se hayan hecho las reformas que la corrijan. La discusión es espinosa, porque, si bien en abstracto resulta razonable una corrección que ajuste la proporcionalidad prevista en la Constitución, en concreto plantea la alternativa de ampliar aún más la cantidad de diputados nacionales con el consiguiente aumento de la burocracia (en concreto y según los números manejados por la Justicia, habría que agregar unos 66 diputados a los 257 actuales: un aumento del más del 25%), en un país que ya tiene un Estado sobredimensionado. Pero lo cierto es que nadie ha propuesto, tampoco, alternativas de ajuste que corrijan la subrepresentación provincial sin ampliar sustancialmente la cantidad de diputados, como podría ser reformar la Ley nº 22.847 (dictada por el último presidente de facto) para modificar sus parámetros
siempre de acuerdo con la Constitución.

El federalismo no es sólo un enunciado. Nuestro unitarismo fiscal y la potenciación del Gran Buenos Aires en desmedro del resto del país, casi siempre con fines electorales, perjudican no solo a las economías regionales, sino que, además, facilitan la proliferación de feudalismos que mantienen en un virtual subdesarrollo a no pocas provincias del interior, y generan un desbalance poblacional que impide la optimización del recurso humano también en materia de Justicia, salud y educación.

El federalismo no es una opción, es una necesidad real para el desarrollo de la Argentina.

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